Drogas en Perú: Las leyes de posesión
Según el artículo 299 del Código Penal peruano, la posesión de drogas no es punible si se posee para el consumo personal e inmediato en cantidades que no excedan:
- dos gramos de clorhidrato de cocaína
- cinco gramos depasta básica de cocaína
- ocho gramos de marihuana o dos gramos de derivados
- un gramo de látex de opio o 200 miligramos de derivados
- doscientos cincuenta miligramos de éxtasis, que contengan metilendioxianfetamina (MDA), metilendioximetanfetamina (MDMA), metanfetamina o sustancias similares.
Es importante destacar que el artículo 299 establece que la posesión de dos o más tipos de drogas es un delito punible. Llevar dos tipos diferentes de drogas -independientemente de la cantidad- no es en absoluto una buena idea.
Drogas en Perú: Cuidado con el comprador...
Las cantidades enumeradas en el artículo 299 pueden parecer claras y relativamente indulgentes. La forma en que funcionarios policiales peruanos interpretan y aplican estas leyes, sin embargo, es un concepto mucho más complicado e incoherente.
En "Legislación sobre drogas y situación penitenciaria en Perú", Ricardo Soberón Garrido, abogado peruano y director del Centro de Investigación Drogas y Derechos Humanos de Lima, afirma:
"Aunque la posesión para uso personal no ha sido declarada punible por los estatutos originales ni por las reformas posteriores, la ley no establece criterios precisos para la actuación policial, dejando espacio a la discrecionalidad policial, a frecuentes casos de corrupción y al abuso de las personas que poseen drogas simplemente para su propio uso."
En realidad, la posesión de una droga ilegal -independientemente de la cantidad- puede acarrear graves problemas. En el sistema peruano existe cierto grado de "culpable hasta que se demuestre su inocencia". Cuando esto se combina con funcionarios policiales mal formados y a veces corruptos, lo que debería ser un tirón de orejas puede convertirse en un gran puñetazo en la cara (metafóricamente hablando).
En la práctica, la policía peruana trata la posesión de drogas como un delito, aunque se esté en posesión de cantidades que, por ley, no son punibles. Según Soberón Garrido:
"...los funcionarios de policía prefieren considerar a quienes poseen drogas como potenciales traficantes, determinando su situación legal sólo cuando llegan a comisaría, lo que puede suponer casos flagrantes de detención ilegal".
El periodo estándar permitido de detención policial es de un máximo de 24 horas, más que suficiente para arruinar seriamente su estancia en Perú. Sin embargo, para delitos relacionados con drogas, el periodo de detención policial se amplía a un máximo de 15 días. Si la policía sospecha que está implicado en el tráfico de drogas, prepárese para una larga estancia.
Narcotráfico en Perú
Si eres sospechoso de tráfico, prepárate para una experiencia realmente horrible. Las cárceles peruanas son infernales, y una acusación de tráfico de drogas puede llevarte encerrado seis meses antes de que un juez vea tu caso. Si se le declara culpable, puede esperar una sentencia mínima de tres años. Si estás pensando en sacar drogas de Perú... bueno, eres idiota.
Drogas en Perú: "Sólo di no gracias"
Para decir lo obvio: la mejor manera de evitar problemas relacionados con las drogas es mantenerse alejado de las sustancias ilegales mientras estés en Perú. No vale la pena arriesgarse. Pero si no puedes contenerte -si realmente necesitas un cigarrillo astuto- ten mucho cuidado.
Pero, ¿quién necesita drogas ilegales cuando tiene muchas alternativas que probar? En Perú hay cerveza barata y mucho pisco. Puedes divertirte adormeciendo tu cabeza con hojas de coca. O puedes ir a la selva y tomarte media pinta de ayahuasca. Todo diversión buena y limpia... y totalmente legal.
Referencias:
"Legislación sobre drogas y situación penitenciaria en Perú" - Ricardo Soberón Garrido
"Normativa Peruana en Materia de Tráfico Ilícito de Drogas" - Ministerio Público de Perú